Opinión

El relato del Fiscal

El relato del fiscal

El relato del fiscal

Por primera vez en la historia de nuestro país, el máximo representante de la Fiscalía –cuya misión es "promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad"– ocupa en un proceso penal el lugar de los presuntos delincuentes, en lugar de perseguir sus delitos.

El temprano reproche dirigido al instructor del Tribunal Supremo (TS) se basa en que el juez, en el auto de procedimiento abreviado –50 folios– no aporta prueba concreta alguna sobre las supuestas "indicaciones" recibidas desde el Gobierno.

Esa reconvención ignora que, en la fase de instrucción, no se exigen pruebas concluyentes: el juez no tiene que demostrar nada, solo reunir una batería de indicios que, eventualmente, podrán transformarse en pruebas durante el juicio.

No se ha juzgado al fiscal, ni se condena a nadie de antemano, como sostienen los falsarios. Se ha investigado si existían indicios suficientes para llevarlo a juicio. Y será entonces, cuando siete magistrados del Tribunal Supremo dirimirán sobre su culpabilidad. Esa es una de las garantías del Estado de derecho.

Sigilo y credibilidad

La función de la Fiscalía, "informar a la opinión pública de los acontecimientos que se produzcan", debe ejercerse con respeto al deber de sigilo y a los derechos de los afectados.

El TS ha decidido enviar a juicio al alto cargo encargado de defender la legalidad tras hallar indicios sólidos de un presunto delito de revelación de secretos: datos que, en su calidad de funcionario público, tenía la obligación de proteger.

Desde el punto de vista jurídico, deberá probarse si los imputados cometieron dicho delito. La credibilidad institucional depende de la confianza que una persona u órgano genera al cumplir con sinceridad y rigor los cometidos que le atribuye la ley.

"Ganar el relato"

Bajo ningún concepto, el Ministerio Público debe publicar notas, por escuetas que sean, sobre diligencias en curso relativas a un ciudadano. Hacerlo atenta contra la privacidad del particular y vulnera la imparcialidad y objetividad exigidas a la acusación pública. La insólita nota de prensa habría sido ordenada por el propio Fiscal General del Estado (FGE). La fiscal superior de Madrid le preguntó: "¿Has filtrado la nota?", y recibió por respuesta: "Eso ahora no importa".

Podría haber desmentido una supuesta falsedad sin difundir datos personales. Sin embargo, se sacó al fiscal del caso –de un partido de Champions– para que enviara el acuerdo entre abogado y fiscal a la fiscal jefe, quien lo remitió a la cuenta de Gmail del FGE.

Pudo enviarlo a su cuenta oficial, pero entonces habría quedado registrado. De ahí, que usara su correo privado, y luego borró el contenido, junto con toda la información de sus teléfonos móviles. Y se negó a declarar.

Dos reacciones, especialmente reveladoras: la del opositor que acudió a una notaría para dejar constancia –temiendo acabar en prisión– y la del Colegio de Abogados de Madrid que mostró firmeza en el arranque procesal.

Borrado que amnistía indicios

Todo presunto delincuente tiene derecho a no declarar en su contra y a ocultar lo que lo incrimina. Pero el borrado masivo es un acto tan revelador como equívoco. Nadie elimina pruebas de su inocencia. Si, como él afirma, no tiene nada que ocultar ¿por qué las borró?

No se trata de una filtración cualquiera, sino de esclarecer un delito que alguien, sin duda, cometió. Hay indicios suficientes para abrir un juicio oral en el que el FGE podrá defenderse, la acusación tratará de demostrar su culpabilidad y el juez decidirá.

Solo el hecho de haber eliminado correos y mensajes debería ser causa suficiente para su suspensión.

Dignidad, bajo custodia

Con una imputación que lo sitúa al borde del banquillo, el FGE se convierte en pantalla de quien lo considera "suyo". Es el único muro entre la acusación y quién llegó al poder con una moción de censura construida sobre la frase de un Juez.

Especialmente grave es que el instructor afirme que la Fiscalía actuó siguiendo instrucciones directas de la Presidencia del Gobierno. En el auto de apertura del juicio oral deberá aportar los indicios que lo sustentan, de enorme trascendencia política.

Incluso su dignidad está bajo la custodia de quien le impediría dimitir –si se decidiera a ello– para no manchar ni a la institución ni al prestigio de la carrera fiscal.

Europa, entre visillos

En un contexto donde se deslizan acusaciones de golpismo judicial, un miembro del Ejecutivo ha ido más allá, al afirmar que los jueces actúan como la "verdadera oposición", al servicio del centroderecha.

La presidenta del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo ha salido –por cuarta vez– en defensa de jueces y fiscales. El Comisario de Justicia de la Comisión Europea, por su parte, se muestra remiso a ofrecer amparo.

Sociedad de socorros mutuos

Desde el centro sincronizado del poder se ofrecen argumentos –con frases textuales– para defender a un "servidor público ejemplar", lo que evidencia complicidad.

El ahora imputado actúa como un miembro más del Gabinete, cuando es el órgano de enlace del Ejecutivo con los tribunales de Justicia. Un grave error de la Constitución del 78 fue atribuir al Gobierno el nombramiento del FGE.

No cabe equidistancia ante lo que estamos viviendo. La degradación institucional, las leyes inconstitucionales aprobadas –y las que están por venir– favorecen a un golpista prófugo y debilitan el Estado de derecho.

Mientras la sociedad de socorros mutuos –imputado y Gobierno– se emplea a fondo ¡dejen de difamar a la Justicia, lenta pero imparable cuando se pone en movimiento!

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