Guerra política en Extremadura
Aforados: ¿Privilegio o garantía judicial?
A falta de datos oficiales, se estima que en España hay más de 250.000 aforados, en su mayoría pertenecientes al ámbito político y judicial
El caso David Sánchez y la polémica en torno al secretario general del PSOE, Miguel Ángel Gallardo, reabren el debate sobre la supresión

Gallardo se estrena en la Asamblea prometiendo quedarse y dar la batalla "sin complejos" / Javier Cintas
La decisión del secretario general del PSOE, Miguel Ángel Gallardo, de tomar escaño en la Asamblea de Extremadura en plena tormenta por la deriva del caso David Sánchez ha reabierto un debate de dimensión nacional sobre la eterna promesa incumplida de eliminar el aforamiento de los políticos. Gallardo, como diputado ya pleno derecho, goza de todas las prerrogativas que el Estatuto de Autonomía y el Reglamento de la Cámara reconocen a los parlamentarios autonómicos, entre ellas el fuero especial para ser juzgados únicamente por tribunales colegiados. En este caso el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), al que se derivará ahora la causa que investiga la contratación del hermano del presidente del Gobierno en la Diputación de Badajoz. Pero, ¿es esto un privilegio o una garantía judicial?
La finalidad del aforamiento, según la jurisprudencia del propio Tribunal Constitucional, es garantizar la libertad, autonomía e independencia de los órganos constitucionales y evitar presiones a los del gobierno. Se busca proteger a estos cargos públicos frente a actuaciones que puedan menoscabar el pluralismo político o las funciones que tienen encomendadas a través de la utilización abusiva de querellas insidiosas o políticas y de procesos judiciales con fines espurios. Por tanto, el aforamiento no es un privilegio personal, sino una garantía procesal que asegura que los cargos públicos puedan ejercer sus funciones sin estar sometidos a la presión de la justicia ordinaria.

La voluntad popular
«El aforamiento no protege a la persona, sino la función que desempeña el diputado en la medida en que sus opiniones, sus votos y su propia traslación en el Parlamento no deja de ser un reflejo de la voluntad popular», afirma Gabriel Moreno, vicedecano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Extremadura (Uex) y profesor de Derecho Constitucional.
Según explica, el fuero especial obedece a que antiguamente los jueces ordinarios eran «mucho más influenciables» que los tribunales superiores, que son órganos colegiados compuestos por varios magistrados que por su prestigio y formación se consideraban ajenos a las presiones políticas. «Hoy, lamentablemente lo más normal es lo contrario, porque los de los tribunales superiores son ascendidos por decisión del Consejo General del Poder Judicial y, como sabemos, los partidos políticos al final han conseguido colonizarlo», dice González.
El profesor reconoce que un contexto cada vez más crispado y comportamientos como el de Gallardo, que pese a decir meses antes que no lo haría recogió las credenciales de diputado electo solo unas horas antes de que la jueza Beatriz Biedma dictara la apertura de juicio oral por delitos de prevaricación y tráfico de influencias, han ayudado a que la ciudadanía vea el aforamiento de los políticos como un privilegio, «que en parte lo es».
Sin posibilidad de recurso
Paradójicamente, el aforado también sale perjudicado respecto al resto de la ciudadanía, ya que al ser juzgado por un tribunal superior pierde el derecho a recurrir: si la sentencia no fuera favorable, Gallardo y el resto de procesados por el caso David Sánchez solo podrían apelar al Tribunal Supremo. A ello hay que añadir que el proceso «puede ir incluso más rápido de lo esperado», porque la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJEx «tiene una agenda mucho más liberada que la de los juzgados ordinarios».
Privilegio o garantía, Moreno reconoce que esta prerrogativa responde más a una situación del pasado, «se ha quedado antigua», y aboga por establecer una limitación en la línea de los países de nuestro entorno: en Portugal e Italia no existe más aforado que el presidente de la República, y en Francia solo lo son el presidente de la República, el primer ministro y los de su gobierno. En Alemania, Reino Unido y Estados Unidos no existen aforados.
Renunciar al aforamiento
Ante la guerra política que se ha desencadenado en Extremadura y la polémica generada a nivel nacional, el líder socialista se ha defendido lanzando una propuesta para reformar el Estatuto de Autonomía y eliminar el aforamiento de los políticos en Extremadura, a lo que el PP ha respondido pidiendo a Gallardo que primero renuncie a título personal a su condición de aforado ante el TSJEx «y demuestre que no se quiere beneficiar de las instituciones para protegerse él mismo, como están viendo todos los españoles».
Pero esta opción, según los juristas, no es posible. Ya en el año 2014 el expresidente Guillermo Fernández Vara, entonces como líder de la oposición tras perder el PSOE por primera vez las elecciones en Extremadura, renunció a su aforamiento ante notario. Un gesto sin ninguna validez jurídica, como el propio PP reconoció entonces y ratifica el profesor Gabriel Moreno. «Como he explicado, el aforamiento no protege a la persona, sino la función que se desempeña. Entonces, en la medida en que se esté desempeñando esa función parlamentaria de representación de la ciudadanía, no puede renunciarse voluntaria o individualmente a la condición de aforado sin renunciar al acta de diputado», reitera.
Sin datos oficiales
No hay datos oficiales, pero se estima que unas 250.000 personas en España están acogidos a la condición especial de aforado, que se aplica a jueces, fiscales y políticos, siendo este último grupo el más mediático y polémico. Los jueces y fiscales son aforados para no ser investigados por compañeros de su mismo nivel.
En el ámbito judicial también son aforados el presidente del Consejo General del Poder Judicial, del Tribunal Supremo, del Tribunal Constitucional y los vocales del Consejo General del Poder Judicial. Igualmente, tienen condición de aforados el presidente y los consejeros del Tribunal de Cuentas, el Consejo de Estado y el Defensor del Pueblo.
En el ámbito político son aforados el presidente del Gobierno y los ministros, que responden ante el Tribunal Supremo, y los presidentes y consejeros autonómicos, que responden ante el tribunal superior de cada comunidad . También son aforados los presidentes del Congreso y el Senado, todos los diputados y senadores, los presidentes de los parlamentos autonómicos y sus diputados.
No obstante, hay que recordar que en España, quien tiene un mayor grado de protección es el Rey, que no está sujeto a ningún tipo de responsabilidad según el artículo 56 de la Constitución. La Reina Letizia, los reyes eméritos Juan Carlos I y Sofía y la Princesa de Asturias son aforados ante el Tribunal Supremo.
Una promesa por cumplir
En España, y también en Extremadura, la supresión del aforamiento sigue siendo una promesa por cumplir. En 2014, en el congreso federal del PSOE que le designó por primera vez secretario general del partido, Pedro Sánchez prometió acabar con el aforamiento de los cargos públicos. Más de una década después, solo seis comunidades han dado el paso de quitar o limitar ese privilegio a sus parlamentarios autonómicos: Cantabria, Murcia, Canarias, Baleares, La Rioja y Aragón.

Video: Agencia Atlas / Foto: EFE
La primera que dio el paso fue Canarias, donde la supresión se hizo efectiva a partir de las elecciones autonómicas de mayo de 2019. Murcia también consiguió el aval de las Cortes para la modificación de los artículos 25 y 33 de su norma autonómica y en 2021 eliminó el aforamiento de sus diputados para los asuntos ajenos al desempeño parlamentario.
Ese mismo año el Congreso y el Senado apoyaron la reforma del Estatuto de Autonomía de La Rioja y Cantabria. La última comunidad en sumarse fue Aragón, después de que las Cortes aprobaran definitivamente a finales del año 2022 la reforma de su Estatuto.
El intento fallido de Extremadura
En septiembre de 2015, con Fernández Vara ya nuevamente como presidente de la Junta de Extremadura, el Consejo de Gobierno aprobó una resolución que solicitaba a la Asamblea el inicio de los trámites de reforma del Estatuto de Autonomía para suprimir el aforamiento de los diputados, pero solo para asuntos que no tuvieran que ver con la función pública.
Se incluía también la propuesta de rebajar al 1% del censo extremeño el número de firmas necesarias para registrar una iniciativa legislativa popular (ILP) en la Asamblea. Esta última una concesión a Podemos, que dos meses antes había apoyado la investidura de Vara para gobernar en solitario tras los llamados ‘pactos de La Corrala’. Finalmente, todo quedó en nada. «Que no se cuente con el PP», dijo su entonces líder, José Antonio Monago, argumentado que la reforma que planteaba el PSOE era parte del pago a Podemos por haber apoyado la investidura de Fernández Vara.
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