Triunales
La Fiscalía no ve trato degradante de Monedero a sus alumnas y archiva la denuncia de la Complutense
Se trata del segundo archivo después de que el Ministerio Público tampoco viera delito en una denuncia de dos mujeres tras una presunta agresión sexual en Vigo

Juan Carlos Monedero. / Alejandro Martínez Vélez - Europa Press

La Fiscalía de Madrid no encuentra suficientes indicios para abrir una investigación al fundador de Podemos Juan Carlos Monedero por "trato degradante y atentado grave contra la integridad moral" a algunas de sus alumnas de la Universidad Complutense de Madrid. La denuncia, la segunda que se archiva contra Monedero por conductas similares --la pasada semana decayó otra acción emprendida por dos mujeres de Vigo-- había sido presentada por el propio centro educativo el pasado 10 de abril.
“Los hechos anteriormente descritos no tienen la entidad suficiente para considerarlos como un trato degradante y atentado grave contra la integridad moral de las alumnas", señala el decreto de Fiscalía.
Añade que la jurisprudencia exige que la conducta para ser declarada grave, además de ser reiterada debe revestir un plus de desvalor, "entendiendo este plus como aquel que puede crear en las víctimas sentimientos de terror, de angustia y de inferioridad, susceptibles de humillarles, de envilecerles y de quebrantar, en su caso, su resistencia física o moral, menoscabando gravemente su integridad moral, quedando fuera de la represión penal las conductas meramente impropias, como es lo que sucede en el presente caso”.
Por ello se considera que no se cumplen "con los elementos del tipo" del delito que se le atribuía inicialmente, que es el 173.1 del Código Penal. Apunta además que "las conductas recogidas en la denuncia consisten en expresiones referidas de manera individual a distintas alumnas, no constando que tales expresiones y conductas fueran reiteradas respecto de cada una de aquellas".
"Reprochables moralmente"
Tras ello, expone que las mismas "pueden ser calificadas como inadecuadas, improcedentes, fuera de lugar y reprochables moralmente, sobre todo de quien se dedica a enseñar y a quien se le exige una cierta responsabilidad social vinculada a transmitir unos valores éticos, pero no todo trato degradante será punible, sino solo los más lesivos".
"La escasa entidad de los hechos, el marco en que se producen y el tiempo transcurrido no han permitido obtener los elementos precisos para interponer una denuncia por un delito contra la integridad moral. No obstante, ha de señalarse el perjuicio y daño que pueden causar estos comportamientos entre el alumnado", agrega.
"Esta situación de vulnerabilidad y de asimetría debe ser conocida por quien tiene la autoridad para restablecer el equilibrio y evitar que se produzcan estas situaciones, cuanto menos desafortunadas, impropias, inadecuadas y gratuitas, las cuales podrían, en su caso, corregirse en vía disciplinaria mediante la continuación de la tramitación del Expediente Disciplinario incoado", concluye la Fiscalía de Madrid.
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