Protesta
La exconsellera valenciana Salomé Pradas se queja al CGPJ por la instrucción de la jueza de la dana
Como motivo de queja alega las "afirmaciones categóricas de la magistrada" en sus autos, la denegación de diligencias a su defensa, que le impidiera realizar determinadas preguntas a la delegada del Gobierno Pilar Bernabé y que su declaración se prolongara casi siete horas

Pradas pidió que no se enviara ninguna alerta sin su visto bueno, según uno de los técnicos / Europa Press
B. L.
La defensa de la exconsellera valenciana de Emergencias e Interior y la autoridad al frente de la emergencia del 29 de octubre, Salomé Pradas, ha presentado una queja ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por la instrucción de la causa judicial sobe la dana en la provincia que impulsa la magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Catarroja, Nuria Ruiz Tobarra.
La queja está firmada por su abogado Eduardo de Urbano y en el escrito de 17 folios denuncia que "el derecho de defensa de la señora Pradas está siendo gravemente afectado por la forma en la que se está conduciendo la instrucción por la magistrada del Juzgado de Instrucción 3 de Catarroja". A juicio del abogado de Pradas, investigada junto a su número dos y exsecretario autonómico de Emergencias, “la instrucción de esta causa, una de las más complejas y de mayor relevancia social de los últimos años en nuestro país, debe realizarse con pleno respeto a las garantías procesales y a los principios de imparcialidad judicial. Sin embargo, hemos detectado irregularidades que, a nuestro juicio, vulneran derechos fundamentales de las partes y ponen en cuestión la equidad del procedimiento”.
Como motivos de queja ante el CGPJ la defensa de Pradas destaca la "existencia de resoluciones judiciales que contienen afirmaciones categóricas sin base probatoria suficiente; la predeterminación del objeto de la instrucción; la denegación reiterada de diligencias solicitadas por las partes; la limitación del derecho de defensa durante las declaraciones; la posible intervención de personas ajenas al procedimiento judicial". Y critica, además, "el uso de informaciones periodísticas no contrastadas como base de resoluciones judiciales, así como la excesiva duración en la práctica de diligencias de prueba".
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