Respuesta a la solicitud de aclaración del abogado de David Sánchez
La jueza del caso Azagra justifica la apertura de juicio oral para evitar dilaciones indebidas
Afirma que cuando señaló que estaría a la espera del resultado de los recursos se refería "evidentemente" a los de su competencia y no a los que corresponda resolver a otros órganos judiciales

David Sánchez, en los juzgados de Badajoz, en una imagen de archivo. / S. GARCÍA

El auto de apertura de juicio oral se dictó en aplicación de la ley y con la finalidad de evitar dilaciones indebidas, "tan posteriormente alegadas por las defensas en este tipo de procedimientos como atenuante".
Es lo que contesta la jueza del caso Azagra, Beatriz Biedma, a la defensa de David Sánchez, que solicitó aclaración del auto de apertura de juicio oral y sobre el "radical cambio de criterio" de la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz al procesarle sin esperar a que se pronuncie la Audiencia Provincial sobre los recursos de la fiscalía y los abogados de los investigados, que han solicitado el archivo de la causa al entender que no existen indicios de criminalidad.
En su auto, con fecha de hoy, la jueza señala que, cuando se presentó el escrito de la acusación popular, se decidió, en la providencia de la que la defensa solicita la aclaración, que se estaría al resultado de los recursos, "refiriéndose esta instructora, evidentemente, cuya competencia ostenta para resolver, es decir, a los recursos de reforma", precisa Biedma. Una vez resueltos los mismos, mediante autos del 21 y 22 de mayo, y tras transcurrir el plazo de alegaciones concedido, se dictó el auto de apertura oral, con el objeto de evitar las citadas dilaciones indebidas en caso de sentencia condenatoria, circunstancia que, de concurrir, podría rebajar las penas.
Biedma recuerda que, como ya especificó en el auto de apertura de juicio oral, los recursos de reforma y de apelación interpuestos contra el auto de procedimiento abreviado del 28 de abril no tienen efecto suspensivo, es decir, que no suspenden el curso del procedimiento, que continúa con su tramitación, para, en el caso de que fueran desestimados, se encuentre "todo preparado" para que sea posible la celebración del juicio.
La jueza también subsana el error material cometido en cuanto al órgano competente de enjuiciamiento en el auto de apertura de juicio oral, pues al solicitarse la pena de inhabilitación de hasta 15 años en el caso del presidente de la diputación pacense, Miguel Ángel Gallardo, la causa corresponde a la Audiencia Provincial de Badajoz.
Por otra parte, la defensa de David Sánchez ha remitido este lunes un escrito al Juzgado de Instrucción número 3 para adherirse al recurso de apelación del ministerio público que solicita la revocación del auto de acomodación de la causa al procedimiento abreviado y el dictado de otro que decrete el sobreseimiento total de las actuaciones.
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